La Cooperativa Integral Regional de Provisión de Servicios Públicos, Vivienda y Consumo Ltda. (Coopi), recibió un dictamen favorable en su disputa con el municipio de Villa Carlos Paz (Córdoba).
El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba (TSJ) declaró pertinente el recurso extraordinario federal interpuesto por la Coopi de Villa Carlos Paz, representado por el dr. Miguel Rodríguez Villafañe, en representación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ).
El máximo tribunal provincial determinó que dicho recurso estaba presentado en tiempo y que cumplía todos los requisitos formales para dar curso al trámite del mismo. Por lo que, se le corrió traslado a la Municipalidad, por diez días hábiles, para que lo conteste. Traslado que le fue notificado debidamente, el 8 de febrero de 2018.
La Coopi presentó su recurso considerando que es fundamental que la Corte Suprema haga cumplir lo dispuesto por la Carta Orgánica de la ciudad de Villa Carlos Paz que dispone, que para decisiones, como la de prestar el municipio el servicio de agua de la ciudad, debe intervenir siempre el Concejo de Representantes, con el procedimiento de doble lectura (mayoría especial y audiencias públicas) y de ninguna manera puede asumirlo el Intendente por si, ignorando al órgano legislativo municipal.
Mientras tanto, hasta que el TSJ se expida sobre la concesión del recurso ante la Corte, queda suspendida la ejecución del fallo del TSJ, todo ello en base a lo que disponen los arts. 499 y 258 del Código Procesal Civil de la Nación y abundante jurisprudencia de la propia CSJ en el tema.
El dr. Rodríguez Villafañe agregó que, en consecuencia, “mal puede el Municipio sostener que tomará el servicio de agua el 28 de febrero, ya que tiene que esperar hasta que el TSJ se expida respecto de conceder el recurso extraordinario planteado”.
El letrado aseveró que “para que se pueda expedir el TSJ primero tiene que evacuar el traslado el Municipio, debe analizarse si lo hace en tiempo y en debida forma y luego debe dictarse el decreto por el que se pasa a resolver la cuestión. Una vez que dicho decreto esté firme hay que hacer un proyecto de resolución”.
Materialmente el tiempo requerido es imposible: “A su vez, el proyecto de resolución lo tienen que analizar cada uno de los siete magistrados y acordarlo, para después recién sacar la decisión. Todo lo cual es imposible que se dé, antes de la fecha que pretende el intendente asumir ilegalmente el servicio del agua corriente en Carlos Paz. Además, si el recurso extraordinario es concedido a la Coopi, la Municipalidad debe esperar y no puede avanzar en sus pretensiones, hasta que los planteos efectuados por la Coopi los resuelva la Corte Suprema Nacional”.
Fuente: Prensa Coopi (Carlos Paz)
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