Del monto total correspondiente a este número referente, en el acto de constitución se aporta efectivamente un porcentaje. Según lo establece la Ley de Cooperativas N° 20.337, el mínimo a aportar es el 5% del capital suscrito, es decir, del total que toda persona asociada se compromete a aportar, con el restante 95% siendo aportado en un plazo máximo de cinco años.
Este requerimiento es parte del momento fundacional de la cooperativa, y constituye el monto inicial que las personas asociadas aportan a la entidad para desarrollar sus actividades.
Se encuentra disponible una calculadora virtual para facilitarte el cálculo de los montos.
Fuente: INAES.
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