Así lo determinó el Honorable Concejo Deliberante de la localidad bonaerense de Luján en la sesión del pasado 4 de enero.
Finalmente vio la luz en el recinto legislativo un proyecto de Ordenanza que tuvo tratamiento durante varios meses en distintas comisiones del Honorable Concejo Deliberante lujanense.
El proyecto trata de los grandes generadores de residuos del Partido de Luján, incluyendo en tal categoría a los clubes de campo y barrios cerrados, los súper e hipermercados, los shoppings, las galerías comerciales, los hoteles, restaurantes, establecimientos gastronómicos, salones y espacios abiertos para eventos, estaciones de servicios, recreos turísticos, industrias, clínicas, sanatorios, bancos y entidades financieras, boliches, discotecas, empresas de servicios, universidades y toda otra actividad privada comercial que genere más de mil kilos de residuos al mes.
A partir de la Ordenanza se creará un Registro de los “grandes generadores” a través de la Dirección de Gestión y Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos. Además, con la promulgación de la Ordenanza los grandes generadores deberán separar en origen los residuos secos (reciclables) y húmedos (orgánicos), en bolsas de color verde y de color negra. Cabe decir, que no serán más atendidos por el servicio público normal de recolección municipal, y de lo contrario deberán contratar el servicio de “recolección, transporte y disposición final de los residuos generados” al propio municipio, a una cooperativa de trabajo o a una empresa privada.
Los grandes generadores abonarán una “tasa diferenciada”, la misma será destinada a la financiación para la Planta de Tratamiento del basural municipal a cielo abierto. También se creará en el área de Políticas Sociales con personal incorporado a la Planta Municipal destinado a la articulación del trabajo entre la Cooperativa que se cree con los actuales recolectores informales y el municipio.
El servicio Municipal para Grandes Generadores se prestará de la de la siguiente manera:
a. El Departamento Ejecutivo dividirá el Partido en cuadrículas
b. La recolección del material reciclable se hará en días fijos por cuadrícula, con vehículos del Municipio.
c. El Departamento Ejecutivo es el responsable de establecer las fechas de retiro del residuo reciclable
d. El material recolectado será depositado en un lugar del predio actual determinado por el departamento Ejecutivo, en el cual los cooperativistas deberán hacer la selección y preparación del material para su venta.
e. La venta del material debe ser realizada por la Cooperativa, con supervisión del Municipio, para lo cual, la cooperativa debe presentar una declaración jurada del material comercializado y copia de de las facturas correspondientes.
f. Los residuos no reciclables, asimilables a residuos domiciliarios, producidos por los Grandes Generadores que estén abonados al Servicio Municipal para Grandes Generadores, serán retirados por el servicio general de recolección.
g. Los residuos especiales y los peligrosos que produzcan los Grandes Generadores continúan tratándose según la normativa específica y no pueden destinarse al predio municipal.
Fuente: Luján en Línea.
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