A través de una Resolución, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) había emplazado a las cooperativas distribuidoras del servicio de energía eléctrica a desdoblar la emisión de facturas obligando a que la del servicio eléctrico fuera autónoma e independiente de conceptos por otras prestaciones.
El reclamo de las entidades solidarias respecto de que esas otras prestaciones -tales como servicios sociales, enfermería, ortopedia, ambulancia, alumbrado público, de sepelio, entre otros- eran solicitadas por los propios asociados y asociadas a las cooperativas, había caído en saco roto. Luego llegaría otra comunicación que motivó amplio rechazo de las federaciones nacionales (léase El INAES, más macrista que nunca).
En la Provincia de La Pampa la Administración Provincial de Energía (APE) hizo valer la Disposición 129 de 2005 que ampara a las cooperativas en su forma de facturación, es decir, incluyendo en una boleta todos los servicios que el socio o la socia decide recibir.
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