El gobierno nacional abrió el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular, con el que busca convertir en “productivos” esos emprendimientos periféricos al sistema que desarrollan unas 6 millones de personas en el país.
La iniciativa se funda en la convicción de que la pandemia obligará a reivindicar formas de producción “más cercanas a las necesidades de la sociedad y menos enfocadas al consumo masivo”, según explicó a la Agencia Télam el director nacional de Economía Social y Desarrollo Local, Pablo Chena.
La inscripción en el registro se puede realizar a través de este sitio web.
Chena había adelantado que el primer objetivo del registro apunta a “visibilizar” a ese universo de la población económicamente activa, que equipara en número a los 6 millones de trabajadores del sector privado formal, y que duplica a los 3 millones de empleados del ámbito público.
El segundo objetivo de ese “mapa”, que comenzó a confeccionarse primero con una modalidad virtual por la pandemia, y luego con operativos presenciales en los territorios, apunta a resignificar la mirada sobre esos trabajadores informales.
“El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) fue un golpe de realidad porque mostró una economía que no estaba visibilizada; por eso el registro tiene como objetivo inicial ‘pensar’ la economía popular, inscribirla, establecer cuáles son sus ramas, sus actividades, sus unidades productivas y dónde se desarrollan”, explicó el economista.
El registro está organizado en ocho ramas, para diferenciar los segmentos de la economía popular: 1) Comercio popular y trabajos en espacios públicos 2) Recuperación, reciclado y servicios ambientales 3) Construcción e infraestructura social y mejoramiento ambiental 4) Industria manufacturera 5) Servicios socio-comunitarios 6) Agricultura familiar y campesina 7) Transporte y almacenamiento 8) Servicios personales y otros oficios.
Están habilitados a registrarse quienes tengan 18 años o más y no posean a su nombre más de dos inmuebles, ni tampoco cuenten con un trabajo en relación de dependencia que supere el salario mínimo vital y móvil.
Tampoco podrán acceder quienes estén inscriptos en el régimen simplificado de pequeños contribuyentes: sólo se admitirán las categorías A, B, C y D o titulares del monotributo social o monotributistas “promovidos”.
El trabajo sexual, que había sido incluido inicialmente como categoría posible, quedó fuera del registro y será analizado y atendido en forma separada por el Ministerio de Desarrollo Social.
Fuente: Agencia Télam.
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